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Artículo 7 La Iglesia Misión Cristiana Inc como concilio

7.1 Se establecerán nuevas congregaciones y se podrán afiliar congregaciones ya establecidas para constituirse en parte de la Iglesia Misión Cristiana Inc., siempre y cuando, hayan aceptado este reglamento. Las iglesias que se afilien tienen que haber renunciado a otras organizaciones.


a. Toda afiliación se hará por escrito, al final del nombre de la iglesia llevará el nombre de esta iglesia.

Ejemplo: Afiliado(a) a la Iglesia Misión Cristiana Inc.


b. Toda propiedad existente de una congregación, al momento de afiliarse a Iglesia Misión Cristiana 

Inc pertenecerá a dicha congregación.


c. Toda obra que levante la iglesia afiliada luego de unirse a la Iglesia Misión Cristiana, las propiedades pertenecerán y se registrara a nombre de la Iglesia Misión Cristiana Inc.


d. Toda Propiedad adquirida por esta organización será registrada a nombre de Iglesia Misión Cristiana Inc.


e. De establecer nuevas congregaciones o afiliarse, el gobierno de la Iglesia Misión Cristiana como concilio radicará sobre el siguiente cuerpo administrativo un Presidente entiéndase el Rev. Eliezer Márquez Febres, el cuerpo ministerial compuesto de los pastores que se una a esta organización y los delegados de cada congregación. Lo establecido en los Artículos #8 al 19 será el gobierno de cada iglesia local.


7.2 El cuerpo directivo de la Iglesia Misión Cristiana Inc. Como concilio, tendrá la siguiente composición: el Presidente, y del cuerpo ministerial un vice-presidente, secretario, tesorero y tres vocales, estos últimos serán elegidos democráticamente. El término de duración será por dos años y deberán revisarse durante la asamblea del concilio.


7.3. Asamblea- Reunión que celebra esta organización con delegados y el cuerpo ministerial. Dirigida por la Junta de Directores. Las asambleas son convocadas para promover el compañerismo, la inspiración e instrucción al reunir a los ministros (obreros) de todas las áreas. Las asambleas también son medios por los cuales se conducen los asuntos oficiales corporativos, reportes de departamentos y la ratificación de enmiendas a los estatutos. El poder para desempeñar estas dos funciones de la asamblea, lo hace el grupo de mayor autoridad para tomar decisiones en la Iglesia Misión Cristiana Inc.


Extraordinaria- Asamblea donde se considerarán asuntos con carácter de urgencia. Se efectuará cuando la situación lo amerite y sea citada por la Junta de Directores.

Ordinaria- Se efectuarán en fecha aprobada en este artículo.

En la asamblea ordinaria se considerarán asuntos relacionados con: Enmiendas a la Constitución y Reglamento Elección de la Junta de Directores, Exposición de informes del Presidente, Secretario, Tesorero y otras organizaciones que la Junta de Directores estipule.

Esta se efectuará durante el mes de enero.

La Asamblea establecerá quórum a base de 50% del total de delegados asignados a la asamblea. Las personas siguientes tienen el derecho de votar en las asambleas: los oficiales y directores, los predicadores laicos, obreros, misioneros, ministros licenciados, ministros ordenados y los delegados de la iglesia local. Todos los votantes que participen deben ser registrados en la asamblea. Cada miembro votante de la asamblea tiene un solo voto en cada asunto presentado.

La duración de la asamblea será estipulada por la Junta de Directores, conforme a las necesidades existentes.

Para la elección y reelección de candidatos se establecerá un Comité de Ponencia nominado por la Junta de Directores.

Cada Iglesia tendrá derecho a cinco (5) delegados por cada cincuenta (50) miembros, y por cada 25 miembros adicionales, un (1) delegado.

Cada iglesia local someterá a la Junta de Directores los nombres de sus delegados no más tarde de 15 días antes de la asamblea.

7.4 DEPARTAMENTO DE FINANZAS- Estará compuesto por el Tesorero y Sub-Tesorero de la Junta de Directores y dos (2) vocales.


a. Los dos vocales serán nominados por la Junta de Directores y aprobados por la Asamblea.


b. Estos deberán poseer conocimiento en administración o finanzas.


c. Haber cumplido, fielmente, con sus deberes financieros para con la organización y/o iglesia local.


d. Elaborar un presupuesto general de ingresos y egresos, el cual se someterá a la Junta de Directores para su aprobación en la Asamblea Anual.


e. Este deberá ser presentado en un término no menor de treinta (30) días de anticipación a la fecha de la asamblea.


f. Vigilarán por el buen uso de los fondos de bajo su administración.


g. Auditará, cuando la situación lo amerite mediante autorización escrita por la Junta de Directores, las cuentas de las congregaciones y Asociaciones.


h. Estudiará todo proyecto económico que la organización se proponga realizar y dará sus recomendaciones, al respecto, a la Junta de Directores.


i. Asesorará a las congregaciones en la preparación de informes de ingresos y egresos.


j. Fomentará actividades que generen fondos para organización.


k. Las iglesias pertenecientes aportarán el diezmo de los diezmos (10%) y el (5%) de las ofrendas regulares.


l. Las entradas mensuales por conceptos de cuotas de Sociedades Misioneras de cada iglesia, serán equivalentes al cien por ciento (100%) de los ingresos al Departamento de Misiones.


m. Las Asociaciones aportarán el diez por ciento (10%) de los ingresos al Departamento de Finanzas.

7.5 La JUNTA DE DIRECTORES es responsable del manejo general corporativo de la Iglesia Misión Cristiana. Todas las actividades corporativas, por ejemplo, de finanzas, transacciones de propiedad y credenciales, se lleva a cabo por la dirección de la junta, que puede escoger el delegar varias actividades. Será cuerpo de representación legal ante las instituciones gubernamentales y judiciales, cuando así fuere necesario. La junta está autorizada para crear oficinas y departamentos, establecer políticas, y para emplear el personal que sea necesario para levar a cabo los objetivos de la iglesia.


a. Podrá adquirir, arrendar, cambiar el uso de propiedades o realizar cualquier otra transacción que justifique el beneficio del objetivo principal de la organización. En caso de bienes de la iglesia local, se hará en común acuerdo con el pastor de la iglesia y la junta local.


b. Tendrá a cargo el poder de firmar Escrituras y Documentos oficiales de la organización.


c. Velará por el mayor rendimiento de los intereses monetarios de la organización.


d. Tendrá potestad para aprobar o rechazar candidatos recomendados para llenar vacantes de la oficialidad cuando ocurriese la necesidad.


e. Seleccionará candidatos para los diferentes departamentos y comisiones permanentes y los someterá a la Asamblea para su Elección final.


f. Nombrará pastores a las iglesias donde el puesto de pastor haya quedado vacante con el consenso y aprobación de la Junta local y la Iglesia.


g. Nombrará un Comité de Enmiendas compuesto por un mínimo de tres (3) personas con noventa días de anticipación a la asamblea anual, quienes evaluarán las enmiendas a la constitución y reglamento.


h. Nominará candidatos a Presidente y Vice presidente para las diferentes Asociaciones.


i. Asesorará a los directores de departamentos, juntas locales y líderes ministeriales en cuanto a sus deberes con la Iglesia.


j. Residenciará a cualquier miembro de oficialidad, oficiales de departamentos, miembros de ministerio y directores de Asociaciones por cuestiones de moral impropia o por falta de cumplimiento de sus deberes y responsabilidades con la Iglesia.


k. Separará sumariamente de su cargo a cualquier miembro del ministerio u oficial de la Junta, Comisión y Organización que no cumpla con la Constitución o Reglamento de la Organización, o que adultere las doctrinas fundamentales de la Iglesia Misión Cristiana Inc.


l. Otorgará credenciales de acuerdo a los niveles establecidos, a los miembros del ministerio. Los Grados (niveles) Ministeriales serán: Predicador(a) Laico, Obrero(a), Ministro Licenciado, y Ministro Ordenado. También se reconocerá los siguientes ministerios: Misionero(a), Evangelista, Maestro(a) y Capellanes.


m. Incorporaran la Iglesia misión Cristiana Inc. en cada país donde se establezcan obras.


n. Establecerán junta administradora en cada país donde se han establecido obras. Estas fungirá como administradores y guía espiritual de la iglesia y responderán a la junta de directores en Puerto Rico.


o. Será árbitro en situaciones entre pastores, iglesias, juntas o algún miembro cuando sea necesario


p. Actuará, en aquellos casos que a juicio suyo sea necesario, para mantener el equilibrio y buena marcha de la iglesia.


q. Señalará las fechas para las asambleas. Tendrá a cargo la agenda de las asambleas.


r. Constituirá quórum para las reuniones de la Junta, la mitad más uno de los miembros.


s. Nombrará a los comités temporeros.

7.6 PRESIDENTE(A)-Puesto que ocupará el Rvdo. Eliezer Márquez Febres, siempre que su testimonio y práctica cristiana estén de acuerdo con las doctrinas establecida por esta Iglesia.


a. En el rol de primer oficial ejecutivo, el presidente (obispo) está a cargo de la supervisión general y la dirección de la corporación, en acuerdo con la junta directiva.


b. Presidir todas las reuniones de la Junta de Directores y las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias.


c. Representará la organización en todo acto oficial.


d. Firmar todas las credenciales expedidas.


e. Autorizará todos los desembolsos de caja.


f. Firmará los cheques en unión al tesorero.


g. Firmará todos los documentos legales, oficiales, escrituras y otros de las iglesias que aparecen o vayan a aparecer a favor de, Concilio de Iglesias Misión Cristiana Inc.


h. Convocará a la Junta para nombramientos provisionales en la Junta de Directores.


i. Supervisará las iglesias periódicamente en compañía de algún otro oficial de la Junta, si fuera necesario.


j. Recomendará personas que reúnan los requisitos para llenar vacantes de la oficialidad cuando ocurriere tal necesidad.


k. Rendirá un informe escrito a la Asamblea, de su labor realizada.


l. Supervisará la labor que realizan los departamentos, las instituciones y las comisiones.

m. Nombrara supervisores regionales en acuerdo con la junta directiva. Los supervisores regionales son representante del presidente en donde quieran que hay obras. Ellos apoyan y dan cobertura al presidente y la junta. Supervisan por delegación del presidente y velan por el cumplimiento y administración de este reglamento.

7.7 VICE-PRESIDENTE(A)- Ser Ministro ordenado y miembro activo del cuerpo ministerial. Deberá tener 3 años de experiencia en el pastorado, reconocido por esta Organización.


a. Sustituirá al Presidente en su ausencia, por renuncia, muerte, destitución o causa justificada. En tales circunstancias, (interinamente) tendrá los mismos derechos y deberes asignados al Presidente


b. Ayudar al Presidente en su labor.


c. Ser miembro del Comité de Conducta Ministerial.

7.8 SECRETARIO(A)- Ya que este miembro de la junta firmará credenciales y otros documentos importantes del Movimiento, será miembro activo del cuerpo ministerial y Ministro ordenado.


Levantará y conservará las minutas de tas Asambleas Ordinarias y Extraordinarias y de las reuniones de la Junta de Directores.


a. Levantará y conservará las actas de las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias y de las reuniones de la Junta de Directores.


b. Preparará y enviará las convocatorias de las reuniones de la Junta y las Asambleas, siguiendo las instrucciones del Presidente(a).


c. Rendirá un informe escrito del trabajo realizado a la Asamblea anual.


d. Mantendrá un informe estadístico de nuestras iglesias y obreros, tanto local como del exterior


e. Atenderá toda correspondencia oficial del concilio y archivará la misma


f. Firmará, en unión al Presidente, todas las credenciales expedidas y documentos legales.


g. Publicará un itinerario mensual de las diferentes actividades de concilio.


h. Ayudará en la preparación de los actos de la Asamblea anual.


i. Custodiará y mantendrá al día los archivos del Concilio de Iglesia Misión cristiana Inc,


7.9 TESORERO(A)-Deberá ser una persona capacitada y hábil para desempeñar dicho puesto.


a. Será el Director del Departamento de Finanzas.


b. Mantendrá al día los registros de ingresos y egresos del concilio.


c. Conservará un registro exacto de todos los ingresos y egresos del concilio.


d. Someterá el presupuesto anual de ingresos y gastos generales luego de haber sido elaborado por el Departamento de Finanzas.


e. Depositará todos los fondos en un banco de reconocida solvencia financiera a nombre de Concilio de Iglesia Misión Cristiana Inc.


f. Firmará, en unión al Presidente u otro oficial designado, todo desembolso.


g. Rendirá un informe al cuerpo administrativo sobre los casos de aquellas Iglesias y otras organizaciones que no cumplan con los compromisos y obligaciones contraídas con la tesorería de este concilio.


h. Rendirá a la Asamblea su informe anual escrito.


i. Rendirá un informe trimestral a la Junta de Directores sobre la situación o estado financiero del concilio.


7.10 VOCALES- Serán miembros activos del cuerpo ministerial o líderes de nuestro concilio. (Al menos dos (2) ordenados al completo ministerio).


a. Realizarán cualquier encomienda que el Presidente les asigne y/o las tareas correspondientes a cualquier incúmbete que por algún motivo no pudiere efectuar.


7:11 GRADOS MINISTERIALES O NIVELES


Estos son los grados o niveles ministeriales que se reconocen en nuestro Concilio:


1. Predicador Laico


2. Obrero


3. Ministro Licenciado


4. Ministro Ordenado


5. Misionero(a)


6. Evangelista


7. Maestro(a)


8. Capellán(a)


Toda persona que desee trabajar con nuestro Concilio que no sea Ministro Ordenado por una Organización reconocida por nuestro movimiento, comenzará como obrero.

7. 12 REQUISITOS DE GRADOS MINISTERIALES


1. Predicador Laico: Las personas aspirantes a predicador laico deberán permanecer (6) meses a prueba y después de una evaluación de sus labores, solicitará su Certificado para ser reconocido como un Predicador Laico de esta misión. El candidato deberá permanecer mínimo de (2) años como predicador laico, antes de ser considerado para una promoción. Se requiere esté estudiando la Palabra de Dios en un Instituto o Seminario Teológico.


2. Obrero: El candidato deberá permanecer (2) años como Predicador Laico antes de ser considerado para esta promoción. Se requiere para tal promoción que haya terminado (3) años de estudios bíblicos en un Instituto o Seminario Teológico.


3. Ministro Licenciado: La persona aspirante a Ministro licenciado deberá permanecer (2) años como Obrero antes de ser considerado para esta promoción. Después de una evaluación de sus labores, solicitará su Certificado para ser reconocida como Ministro Licenciado. Se requiere para tal promoción que haya terminado (3) años de estudios bíblicos o un grado asociado en un Instituto o Seminario Teológico.


4. Ministro Ordenado: Debe estar pastoreando una Iglesia de nuestro Misión. Se requiere haya permanecido mínimo de (2) años como Ministro Licenciado. Se requiere para tal promoción que haya terminado (3) años de estudios bíblicos o un grado asociado en un Instituto o Seminario Teológico y esté cursando el Bachillerato en teología. Deberá también haber tomado satisfactoriamente el "Curso de Capacitación Ministerial" ofrecido por el Cuerpo Ejecutivo antes de ser considerado como "candidato" al ungimiento al Pleno Ministerio. El candidato se someterá a una entrevista con el Comité de Conducta Ministerial de la misión para determinar las capacidades ministeriales de dicho candidato antes de tomar la decisión final.


5. Misionero: La persona aspirante a Misionero deberá permanecer (2) años como obrero antes de ser considerado para esta promoción. Después de una evaluación de sus labores, solicitará su Certificado para ser reconocida como Misionero. Deberá tener un llamado a establecer iglesia en otros países. Se requiere para tal promoción que haya terminado (3) años de estudios bíblicos o un grado asociado en un Instituto o Seminario Teológico.


6. Evangelista: La persona aspirante a evangelista deberá permanecer (2) años como obrero antes de ser considerado para esta promoción. Después de una evaluación de sus labores, solicitará su Certificado para ser reconocida como evangelista. Deberá tener un llamado a predicar el evangelio en otros países. Se requiere para tal promoción que haya terminado (3) años de estudios bíblicos o un grado asociado en un Instituto o Seminario Teológico.


7. Maestro(a): Las personas aspirantes a maestro deberá permanecer (2) años como obrero antes de ser considerado para esta promoción. Después de una evaluación de sus labores, solicitará su Certificado para ser reconocida como maestro. Deberá tener un llamado a ensenar las doctrinas del evangelio. Se requiere para tal promoción que haya terminado (3) años de estudios bíblicos un grado asociado en un Instituto o Seminario Teológico y este cursando el Bachillerato en teología.


8. Capellán(a): Las personas aspirantes a capellán deberá permanecer (2) anos como obrero antes de ser considerado para esta promoción. Después de una evaluación de sus labores, solicitara su Certificado para ser reconocida como capellán. Deberá tener un llamado a atender las necesidades de los enfermos, preso, desvalidos…. Se requiere para tal promoción que haya cursado un curso de capellanía y que también haya terminado (3) años de estudios bíblicos o un grado asociado en un Instituto o Seminario Teológico y este cursando el Bachillerato en teología.

Nota: Si le intereza afiliarce a esta iglesia o alguna otra información favor de comunicarce con nosotros.

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